ACTA
DE CONVENIO COLECTIVO |
| ACTA DE CONVENIO COLECTIVO DE
LA SOCIEDAD GENERAL DE AGUAS DE BARCELONA PARA 2003 REUNIÓN CELEBRADA
EL DÍA 25 DE ABRIL DE 2003 En Barcelona, a veinticinco de abril de dos mil tres, se reúne la Comisión Negociadora para la renovación del Convenio Colectivo, en su octava reunión, siendo los representantes de la Dirección los Sres. D. José Luís ARMENTER FERRANDO, D. Enrique CASTELLVI ARASA, D. Jacinto GINESTA VENTURA, D. Francisco Félix LUQUE MONTILLA, D. Luís MARTINEZ CAMPS, D. Carlos de la MORA BRUGADA, D. José TABLADA RODRIGUEZ y D. Juan VALLS TORT. y los representantes de los trabajadores Por ATAB: D. Carlos BERMEJO OSES, Dña. Eva FERRUZ NORTES, D. Jaime GARCIA CORRALES, D. F. Xavier GUMA CAPDEVILA, D. Juan MORCILLO CHINCHILLA, Dña. Carmen MIRANDA SISAMON y D. Antonio GRACIA MASlAS. Por CCOO: D. Armand ESTESO GARCIA, D. Jaume CHARLES SANTOS, D. José Fco. MARTI SERRANO, D. Jordi REOUENA FERRANDO, D. EUGENIO VALDELVIRA FERNANDEZ y D. Ramón NAVARRO GIL. Por UGT: D. Carlos de PABLO TORRECILLA, D. Santiago DIAZ MARTIN, D. Argimiro RlLLO HEREDIA, D. Carlos BERGES COLLADO y D. Gustavo NUÑEZ JIMENEZ. y en calidad de asesores: D. Roberto FERRUZ CAMACHO y D. José JUNCA FERNANDEZ (por ATAB); D. Rafael SUAREZ MONTERDE y D. Jordi FERRIZ SANCHEZ (por CCOO); D. Albert VIADE SANZANO y D. Alfonso NUÑEZ JIMENEZ (por UGT). Se inicia la reunión y, entre las dos Representaciones,
se discute ampliamente sobre las propuestas que están sobre la
mesa, y las pocas diferencias que separan las de una y otra Representación. DURACION DEL CONVENIO.- Se establece para 2 años. Concretamente, 2003 y 2004. SALARIOS.- -Año 2003: Incremento del IPC real oficial estatal
a 31.12.2003 más 0,5%, todo ello referido a todos los conceptos
retributivos. Además, compromiso de contratar cuatro personas más en 2003 y cuatro más en 2004, en contratos por concurso, preferentemente para hijos de empleados y con el nivel de formación requerida para los puestos a cubrir, previamente determinados. En cuanto a la incorporación de personas con minusvalías, el compromiso es de dos personas en 2003 y dos personas en 2004. Asimismo se estudiarán otras alternativas, como son acuerdos con Asociaciones o Fundaciones que empleen personas con minusvalías. JORNADA y HORARIOS.- Se propone pasar a la Comisión de jornada y
horarios el estudio de una mayor flexibilidad de horario, para el personal
que actualmente ya cuenta con jornada flexible. No obstante, a partir
de 1 de junio de 2003 se puede ampliar la flexibilidad de entrada hasta
las 8,30 horas. TURNO.- Aplicar a todo el personal del Turno y del Régimen Mixto el Acuerdo del Bocadillo, a partir de 1 de enero de 2004. PERSONAL EN REGIMEN MIXTO.- Añadir en el artículo 51, en su apartado
A para el año 2003, lo siguiente: A partir del 1 de Enero de 2004 deberá variarse este texto dado que todo el personal de turno pasará a percibir el acuerdo del bocadillo. En cuanto a la propuesta de modificación del artículo 54, formulada por la Representación de los Trabajadores, relativa al "Plus por Trabajos Nocturnos", se propone pasarlo a la Comisión del Turno para su estudio. HORAS EXTRAS.- Estudiar en la Comisión Paritaria de Horas Extras la propuesta del Comité de Empresa.
PARTICIPACiÓN EN EL DESARROLLO ORGANIZATIVO DE LA EMPRESA.- En el Art.102 del Convenio Colectivo se incluirá el redactado del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. También se incluirá la creación de una Comisión Mixta de Seguimiento de la Marcha de la Empresa, constituida por la Dirección de la Empresa y el Comité Intercentros con las siguientes reglas de funcionamiento:
JUBILACIÓN.- Durante este año 2003, se analizarán en profundidad, por parte de la Comisión mixta de estudio de normativa sobre jubilación, las fórmulas legales existentes sobre jubilación anticipada con la finalidad de ver la viabilidad de su aplicación durante los años 2004- 2005. Si se llega a acuerdos durante el año 2003 éstos podrán ser de aplicación en el mismo año si así se decide por parte de la Comisión. PENSION MINIMA JUBILADOS Y VIUDAS.- Se establece una pensión mínima de 600 euros al mes entre la Empresa y la Seguridad Social para las viudas y jubilados con derecho a pensión de la Empresa. Este importe se revalorizará con el IPC real a 31 de diciembre o con el incremento pactado en Convenio, el menor de los dos. PREMIO ESPECIAL DE VINCULACION.- Se propone pasar a la Comisión Mixta de Estudio de Normativa sobre Jubilación el tratamiento del actual premio especial de vinculación a la Empresa establecido en reconocimiento a la totalidad de los anos de servicio prestados, ya sea para su exteriorización, ya sea para adaptarlo como premio de vinculación. ASUNTOS SOCIALES.- Tratar en el Comité Intercentros los temas del Fondo de Asistencia Sanitaria y del Grup d'Esbarjo, así como los temas relativos a la habilitación de locales para comedor en todos los centros de trabajo y a la habilitación de locales para los Comités. AYUDA POR ESTUDIOS .- Mantener el redactado del arto 115 del vigente Convenio Colectivo. SALUD LABORAL.- Se propone el tratamiento, por parte del Comité Paritario de Seguridad y Salud, de los temas que figuran en la plataforma de los trabajadores. ACUMULACIÓN DE HORAS SINDICALES.- Se propone tratarlo en el seno del Comité Intercentros, previa propuesta a la Dirección. VARIOS.- Se estudiará entre la Dirección y el Comité Intercentros la posible regulación de las condiciones económicas del personal que realiza trabajos fuera del ámbito Metropolitano y que comporta prolongación de jornada y/o pernoctación. Antes de los 15 dias hábiles posteriores a la
firma del Convenio se determinará la composición de las
comisiones, as! como sus calendarios de trabajo. Se establece que el párrafo del Acuerdo de Pallars relativo al Plus de Compensación por mayor coste del bocadillo de 2,89 euros, será también de aplicación a titulo personal a los empleados adscritos a 1 de Junio del 2003 en los centros de trabajo de Hospitalet y Badalona. Dicho personal percibirá este Plus a partir de 1 de Junio de 2003. El mencionado Plus tendrá los incrementos que, en general para los conceptos salariales, se pacten en futuros Convenios Colectivos de la Empresa. INCORPORACiÓN DE ACUERDO EN CONVENIO.- Se incorporará como anexo al Convenio el siguiente acuerdo:
Los acuerdos a que lleguen las distintas comisiones se incluirán en Convenio siempre que ello sea necesario. Por ambas partes de la Comisión Negociadora, se llega al acuerdo iniciándose una rueda de Asambleas con el conjunto de los trabajadores de la empresa, a celebrar a partir de la próxima semana. Finalmente, se da por terminada la reunión, emplazándose las partes para la firma del Convenio, una vez se hayan producido, con carácter positivo, las Asambleas antes referidas y el referéndum previsto para el día 8 de mayo de 2003. En representación de la Dirección Fdo.: Jacinto Ginesta En representación de los Trabajadores Fdo.: Jordi Requena |
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Barcelona,
25 d'abril de 2003 |