| DURACION
DEL CONVENIO.-
Se establece para 2 años. Concretamente, 2003 y 2004.
SALARIOS.-
-Año 2003: Incremento del IPC real oficial estatal a 31.12.2003
más 0,5%, todo ello referido a todos los conceptos retributivos.
A partir del mes de enero de 2003, se realizará
un incremento a cuenta del 2,5%.
-Año 2004: Incremento del IPC real oficial estatal a 31.12.2004
más 0,5%, todo ello referido a todos los conceptos retributivos.
A partir del mes de enero de 2004, se realizará
un incremento a cuenta en función de la previsión de variación
del IPC para el año 2004 hecha por el Gobierno más el 0,5%.
EMPLEO.-
Compromiso de formalizar el ingreso en plantilla de 19 contratos de Formación
Profesional en prácticas el año 2003, y 19 el año
2004.
Además, compromiso de contratar cuatro personas
más en 2003 y cuatro más en 2004, en contratos por concurso,
preferentemente para hijos de empleados y con el nivel de formación
requerida para los puestos a cubrir, previamente determinados.
En cuanto a la incorporación de personas con
minusvalías, el compromiso es de dos personas en 2003 y dos personas
en 2004.
Asimismo se estudiarán otras alternativas, como
son acuerdos con Asociaciones o Fundaciones que empleen personas con minusvalías.
JORNADA Y HORARIOS.-
Se propone pasar a la Comisión de jornada y horarios el estudio
de una mayor flexibilidad de horario, para el personal que actualmente
ya cuenta con jornada flexible. No obstante, a partir de 1 de junio de
2003 se puede ampliar la flexibilidad de entrada hasta las 8,30 horas.
Se hará constar en el acuerdo que la representación
de los trabajadores no renuncia a tratar la reducción de jornada
en la Comisión de jornada y horarios.
TURNO.-
Aplicar a todo el personal del Turno y del Régimen Mixto el Acuerdo
del Bocadillo, a partir de 1 de enero de 2004.
PERSONAL EN REGIMEN MIXTO.-
Añadir en el artículo 51, en su apartado A para el año
2003, lo siguiente:
Al personal que realice las suplencias en puestos de trabajo afectados
por el Acuerdo de 30 de septiembre de 1986, se le calculará este
Plus, de acuerdo con la disponibilidad indicada en la fórmula del
apartado f (del citado artículo 50).
A partir del 1 de Enero de 2004 deberá variarse
este texto dado que todo el personal de turno pasará a percibir
el acuerdo del bocadillo.
En cuanto a la propuesta de modificación del
artículo 54, formulada por la Representación de los Trabajadores,
relativa al “Plus por Trabajos Nocturnos”, se propone pasarlo
a la Comisión del Turno para su estudio.
HORAS EXTRAS.-
Estudiar en la Comisión Paritaria de Horas Extras, la propuesta
del Comité de Empresa.
FORMACIÓN.-
De acuerdo el desarrollo de un nuevo Plan de Formación para adaptarlo
a las necesidades actuales de la empresa. Se delega el estudio de este
tema a la Comisión Paritaria de Formación.
PARTICIPACIÓN EN EL DESARROLLO
ORGANIZATIVO DE LA EMPRESA.-
En el Art.102 del Convenio Colectivo se incluirá el redactado del
artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. También se
incluirá la creación de una Comisión Mixta de Seguimiento
de la Marcha de la Empresa, constituida por la Dirección de la
Empresa y el Comité Intercentros con las siguientes reglas de funcionamiento:
1. Las reuniones ordinarias serán trimestrales,
con la finalidad de que el Comité Intercentros pueda seguir de
manera regular el desarrollo organizativo de la Empresa.
2. Con una antelación de quince días
se dará a conocer el contenido de los temas a tratar, que será
acordado por las partes.
3. Las reuniones extraordinarias serán acordadas
por ambas partes y convocadas en un plazo no superior a siete días
hábiles.
JUBILACIÓN.-
Durante este año 2003, se analizarán en profundidad, por
parte de la Comisión mixta de estudio de normativa sobre jubilación,
las fórmulas legales existentes sobre jubilación anticipada
con la finalidad de ver la viabilidad de su aplicación durante
los años 2004-2005. Si se llega a acuerdos durante el año
2003 éstos podrán ser de aplicación en el mismo año
si así se decide por parte de la Comisión.
PENSION MINIMA JUBILADOS Y VIUDAS.-
Recoger en un pacto la pensión mínima de 600€ al mes
entre la Empresa y la Seguridad Social para las viudas y jubilados con
derecho a pensión. Este importe se revalorizará con el IPC
real a 31 de diciembre o con el incremento pactado en Convenio, el menor
de los dos.
PREMIO ESPECIAL DE VINCULACIÓN.-
Se propone pasar a la Comisión Mixta de Estudio de Normativa sobre
Jubilación el tratamiento del actual premio especial de vinculación
a la Empresa establecido en reconocimiento a la totalidad de los años
de servicio prestados, ya sea para su exteriorización, ya sea para
adaptarlo como premio de vinculación.
ASUNTOS SOCIALES.-
Tratar en el Comité Intercentros los temas del Fondo de Asistencia
Sanitaria y del Grup d'Esbarjo, así como los temas relativos a
la habilitación de locales para comedor en todos los centros de
trabajo y a la habilitación de locales para los Comités.
AYUDA POR ESTUDIOS .-
Mantener el redactado del art.115 del vigente Convenio Colectivo.
SALUD LABORAL.-
Se propone el tratamiento, por parte del Comité Paritario de Seguridad
y Salud, de los temas que figuran en la plataforma de los trabajadores.
ACUMULACIÓN DE HORAS SINDICALES.-
Se propone tratarlo en el seno del Comité Intercentros, previa
propuesta a la Dirección.
VARIOS.-
Se estudiará entre la Dirección y el Comité Intercentros
la posible regulación de las condiciones económicas del
personal que realiza trabajos fuera del ámbito Metropolitano y
que comporta prolongación de jornada y/o pernoctación.
Antes de los 15 días hábiles posteriores
a la firma del Convenio se determinará la composición de
las comisiones, así como sus calendarios de trabajo.
EXTENSIÓN DE ACUERDO DE
PALLARS.-
Se propone la aplicación del Acuerdo de Pallars al personal de
Hospitalet y Badalona, con efectos a partir de la fecha de la firma del
Convenio.
INCORPORACIÓN DE ACUERDOS
EN CONVENIO.-
Se incorporarán como anexos al Convenio los siguientes acuerdos:
- Pacto de Pallars.
- Acuerdo de la Comisión de Vigilancia e Interpretación,
de fecha 10 de diciembre de 2002.
- Los acuerdos a que lleguen las distintas comisiones
se incluirán en Convenio siempre que ello sea necesario.
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